La elección judicial federal: se va a 2028 con cambios sustanciales

Ernesto Guerra

5/18/2026

En 2027, será el Proceso Electoral Federal mediante el cual se habrán de elegir 500 diputaciones del Poder Legislativo -300 de mayoría relativa y 200 de representación proporcional- en el territorio nacional.

Además de la elección federal, el proceso tendrá una concurrencia de Procesos Electorales Locales a través de la renovación de 17 gubernaturas de las entidades federativas de: Aguascalientes; Baja California; Baja California Sur, Campeche; Chihuahua; Colima; Guerrero, Michoacán; Nayarit; Nuevo León; Querétaro; Quintana Roo; San Luis Potosí; Sinaloa; Sonora; Tlaxcala y Zacatecas.

De igual manera, se elegirán en 31 entidades federativas las diputaciones de los Congresos Estatales, salvo Coahuila que la elección ya está en curso en este 2026, también, en 2027 hay en 30 estados elección de Ayuntamientos, salvo en Durango y Veracruz que ambos estados se renovaron en 2025. Cierra este gran cumulo de elecciones intermedias con otros cargos en 4 entidades, es decir, Campeche se eligen Juntas Municipales; en Chihuahua, Sindicaturas y Regidurías, en Nayarit, Regidurías y Tlaxcala, Presidencias de comunidad.

En este contexto de la elección federal y las elecciones concurrentes locales, está, aun, el Proceso Electoral del Poder Judicial Federal (PJF), en donde los cargos a elegir son: 5 Magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del PJF; 464 Magistraturas de Circuito y 386 Jueces de Distrito, en todo el territorio nacional. Aunado a ello, están los Procesos Electorales Judiciales de los Poderes Judiciales Locales en 11 entidades con elección “parcial” y 13 entidades con elección “total”. Este es en panorama electoral que hasta hoy tiene la legislación vigente.

Por eso, en días reciente se ha dado a conocer la noticia de un período extraordinario del Congreso de la Unión, para llevar a cabo, en principio, una reforma constitucional a la reforma del Poder Judicial Federal para modificar nuevamente los artículos de la Constitución Política en materia del PJF en donde se buscarían realizar reformas de gran alcance para:

A) aplazar la elección judicial de 2027 a 2028; B) crear 2 Secciones en la Suprema Corte de Justicia de la Nación; C) cambios en los requisitos para acceder a los cargos en del PJF; D) cambios en los requisitos de idoneidad de las personas juzgadoras; E) impedimentos adicionales de elegibilidad; F) creación del Comité Único de Evaluación; G) elección de la presidencia de los órganos jurisdiccionales; H) requisitos de tesis para la obligatoriedad de las sentencias, y finalmente, I) el régimen transitorio de esta reforma inminente.

La necesidad de aplazar la elección judicial de la elección federal, tiene como objetivo generar un calendario propio de la elección de personas juzgadoras que garantice, primero, mayor deliberación, escrutinio público, pero que además cuente con una logística más robusta, mejor estructurada por el árbitro nacional electoral y evite una polarización entre la ciudadanía para que pueda ejercer mejor sus derechos de votar y ser votado.

Lo anterior se suma a las voces de dos actores directamente involucrados en este proceso judicial que han levantado sus voces para solicitar al Congreso de la Unión y al gobierno Federal esta reforma constitucional: por un lado, los integrantes del Tribunal Electoral como máximo tribunal del país pidiendo este aplazamiento y, por otro lado, el Instituto Nacional Electoral que, en días pasados hizo entrega a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, el documento denominado “Análisis institucional relativo a la concurrencia de los Procesos Electorales Ordinario y Judicial”, un documento técnico muy estructurado con una análisis por temas exclusivamente competentes a la organización, instrumentación y desarrollo de dos elección que per se no son del todo compatibles para realizarse el mismo día.

Las condiciones legislativas están más que puestas para que a finales de mayo -29 y 30- haya período extraordinario previamente aprobado en la Comisión Permanente para que sean ambas Cámaras del Congreso de la Unión que reformen la Constitución Política de nuestro país para corregir parte o totalmente los errores legislativos de diseño de la reforma al PJF de 2024.

Ernesto Guerra, Analista Político

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