La imperante urgencia de regular los actos, actividades y propaganda de la inexistente Pre-pre-precampaña para 2027

Ernesto Guerra

8/7/2026

Ernesto Guerra, Analista Político

En 2023, en una decisión jurisdiccional altamente discutida, cuestionada, por decir lo menos, la Sala Superior conformada en ese entonces del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que los procesos políticos internos de los partidos políticos nacionales con registro vigente, para elegir liderazgos o coordinadores, eran ‘legales’, incluso los denominó ‘procesos políticos’.

Sí, así fue la decisión de aquella integración del Tribunal Electoral. Pero hay que decir también con claridad, que dicha determinación se dio porque había un contexto muy acelerado y anticipado de actos y procesos internos en SEIS de los SIETE partidos con sus procesos para determinar, básicamente, quien sería la persona que encabezaría para ser postulada al cargo de la Presidencia de la Republica.

En este contexto el Tribunal Electoral ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) a emitir lineamientos para fiscalizar y regular los actos, actividades y procesos en propaganda para evitar la inequidad en la contienda electoral a través de actos anticipados. Dentro de las claves finas de esa resolución muy cuestionada, señaló que la validez de los procesos políticos de los siete partidos políticos vigentes en 2023 (PAN, PRI, PRD, MC, PT, PVEM, MORENA) para que organizaran actividades proselitistas previas a los tiempos electorales legales, es decir actividades previas a la precampaña establecida de manera legal en la ley en la materia, estaban amparados en su autoorganización. La restricción expresa que determinó el Tribunal Electoral en esa sentencia fue, que los partidos y personas no hicieran un llamado expreso al voto en estos denominados procesos políticos.

Por ello, el Consejo General del INE también con otra integración a la actual, acató la sentencia dictada por el Tribunal Electoral y aprobó por unanimidad en lo general, emitir los “Lineamientos generales para regular y fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda realizados en los Procesos Políticos” cuyo objetivo fue regular y fiscalizar, para salvaguardar los principios de equidad, imparcialidad, neutralidad y legalidad, de lo que sería el proceso electoral federal de 2023 – 2024.

En síntesis, ¿qué plantearon dichos lineamientos?: 1) definieron como “conjunto de actos, actividades y propaganda que realizan los partidos políticos y cualquier persona cuya naturaleza sea establecer una estrategia encaminada a posicionar y/o definir liderazgos políticos, que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral, así como aquellos otros procesos que sean similares”; 2) señalaron una fiscalización especializada, adecuada y expedita; 3) prohibición del uso de tiempos de radio y televisión para la difusión de los Procesos Políticos; 4) retiro inmediato de propaganda de índole electoral; 5) estipularon que los ‘procesos inéditos’ no existen, que lo que sí hay son procesos electorales conforme a la ley o fuera de ella; 6)actos anticipados de campaña siguen prohibidos; entre lo más importante.

Esto sucedió de cara al proceso electoral federal de 2023 – 2024 en donde estaban en juego ni más ni menos la Presidencia de la República y ambas cámaras del Congreso de la Unión, entre otros cargos a elegir. ¿Fue suficiente o insuficiente el alcance legal, jurídico o administrativo de estos Lineamientos? Bueno, eso ya es otra historia, porque los hechos así fueron y son del conocimiento público.

Ahora bien, el 10 de septiembre de 2026, está por iniciar legalmente el proceso electoral federal intermedio para la renovación completa de las 500 diputaciones que integran la Cámara de Diputados y, en fechas diferenciadas, los más de 19 mil cargos a elegir en los diversos procesos electorales locales concurrentes con el federal. Para ello, legalmente las precampañas electorales federales son del 4 de enero al 12 de febrero de 2027, es decir, por eso es imperante y urgente que el Consejo General del INE emita muy rápido los Lineamentos para PARA REGULAR Y FISCALIZAR LOS PROCESOS, ACTOS, ACTIVIDADES Y PROPAGANDA REALIZADOS EN LOS PROCESOS POLÍTICOS.

Se trata pues, de que hoy y hasta el 4 de enero de 2027 haya estos Lineamientos que sirvan de marco regulatorio para evitar actos anticipados de pre y campaña y se rompa la equidad en la contienda y en todo caso haya elementos para su sanción en materia de fiscalización y propaganda por parte de la autoridad electoral nacional.

Así la urgencia de emitir estos Lineamentos.

Nos seguimos leyendo.

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